Puigverd Assessors analiza el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda
El régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas es un marco fiscal diseñado para fomentar la inversión en viviendas destinadas al alquiler de larga duración. Las empresas que se acogen a este régimen disfrutan de importantes beneficios fiscales, siempre que cumplan ciertos requisitos establecidos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Para que una empresa pueda beneficiarse de este régimen fiscal, es necesario cumplir con una serie de condiciones especÃficas, descritas en el artÃculo 48 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. El equipo de Puigverd Assessors ha analizado las principales caracterÃsticas y ventajas de este régimen desde el punto de vista del propietario que gestiona una sociedad de arrendamiento. Para acogerse al régimen especial, la empresa debe cumplir con los siguientes requisitos:
Actividad principal: La actividad económica principal debe ser el arrendamiento de viviendas situadas en España. Además, estas viviendas deben haber sido construidas, promovidas o adquiridas por la entidad. Los alquileres turÃsticos o de temporada no se incluyen aquÃ, ya que no se consideran arrendamiento de vivienda bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Número mÃnimo de viviendas: La entidad debe arrendar o tener disponibles al menos 8 viviendas y mantenerlas en arrendamiento o disponibles para alquiler durante un mÃnimo de 3 años.
Contabilidad separada: Es necesario llevar una contabilidad separada para ca...
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lujovip
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31-10-2024 06:17 - (
lujo )
